Hasta marzo de 2021, están prohibidos los incrementos en los valores, tarifas o tasas de servicios básicos de agua potable, energía eléctrica, incluyendo los servicios de telecomunicaciones e internet, sean éstos prestados de manera directa por instituciones públicas o por delegación o por privadas.
Así lo determinó la Asamblea Nacional al aprobar este 19 de junio la nueva Ley de Apoyo Humanitario cuyo objetivo es aplicar medidas para mitigar los efectos adversos derivados de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Source: Ecuador Economia